Valoración:
( 0 Rating )
- Escrito de solicitud;
- Sello de timbre por valor de $10.00 CUP;
- Certificación de fallecimiento del propietario, si basa su solicitud en la no existencia de herederos;
- Declaratoria de herederos de existir y renuncia de estos en su caso;
- Pruebas que acrediten la ocupación de la vivienda durante 5 años con antelación al fallecimiento del propietario;
- Propiedad de la vivienda;
- Promovente con carné de identidad o su representación letrada o Poder Notarial.
¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?
-
Actualizado: Jueves 18 Abril 2024, 13:43:43.
© Copyright 2020 Empresa de Aplicaciones Informáticas, Desoft
Leer más...